Re: se puede cobrar?


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Enviado por EQUALIZER el día 22 Octubre, 2013 a las 18:47:23 desde la dirección IP: 81.34.117.210

En respuesta a: se puede cobrar? enviado por oscar 22 Octubre, 2013 a las 08:37:13:

Estoy muy cansado de oir el DICEN,CUENTAN,HE OIDO,VAN DICIENDO,SE OYE...desconozco de que fuentes nutre su intelecto,lo desconozco,pero revelar el origen de la información,no es pecado,e invita a tomar en serio,o a risa,cualquier cuestión que estime oportuno plantear.

Dicho esto,vamos a la cuestión que propone,la acción directa.

En la última reforma de la LOTT,se establece un mecanismo juridico,encaminado a combatir una de los mayores azotes que sufre el transporte español,que es la morosidad criminal y quienes la ejercen,los criminales morosos.

A partir de ahora,a todo aquel que no le paguen el porte,podra dirigirse y reclamar el cobro,a cualquiera que haya participado en la cadena de subcontratación,emepezando por el cargador y siguiendo por el intermediario 1,intermediario 2,o los que sea.

Estos supuestos no se aplican en facturas de la administración o cuando el deudor solicite protección judicial,mediante pre-concurso o concurso de acreedores.

En una chapuza infame,se saca la ley pero no el reglamento que la aplica,el modo de hacerla efectiva:plazos,comunicados,ámbito,sanciones,etc,tc.

Pero es LEY EN VIGOR,y por lo tanto,A MÍ,personalmente,no me ofrece ninguna duda ni interpretaciones varias:SI NO ME PAGAN,A POR TODOS.

Hay quién dice,que si el cargador ya ha pagado,no lo puede hacer dos veces:LA LEY NO DICE NADA AL RESPECTO...ASI VIGILARAN QUE EL SEÑOR QUE HA PUESTO EL CAMIÓN Y SU TRABAJO,COBRE EL PRIMERO.

Toda la cadena de subcontratación:ENTIENDO E INCLUYO CÓMO TAL A LAS BOLSAS DE CARGAS,Y RECOMIENDO INICIAR LA ACCIÓN DIRECTA POR AHÍ,PUES GANAN MUCHO DINERO Y SON RESPONSABLES ÚLTIMOS DE LOS CONTRATOS DE TRANSPORTE CELEBRADOS EN SU SENO.
O POR EL CARGADOR,PARA QUE SEPA LA CLASE DE GENTUZA QUE LE MUEVE LAS CARGAS.

Si piensan utilizar la acción directa,y si la cantidad adeudada lo permite,recomiendo utilizar la Junta Arbitral,pues este Tribunal esta especializado en materia de transporte,y su posición,sus deliberaciones,suelen reflejar la realidad de los hechos.

Veamos que opinan los foristas,y si alguién conoce algun caso que se haya utilizado la acción directa,ya no cómo herramienta judicial,sino disuasoria.HECHOS REALES QUE NOS INDIQUEN LA VALIDEZ DE LA NORMA.

Hagan juego señores,porque en esta cuestión,NOS VA LA VIDA.


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