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El Tribunal Supremo ha llegado a la conclusión, que podría sentar jurisprudencia, de que dormir en el camarote de un barco no es descanso. Esta extraña sentencia viene a cuento de la reclamación de un camionero que fue despedido y reclama las horas pasadas en el ferry a Baleares -su ruta habitual-como tiempo presencial.

El tribunal considera que el empleado, aunque disponía de camarote con cama, no estaba descansando sino a disposición de la empresa para cualquier problema que pudiera surgir durante el transporte.

Las asociaciones empresariales de las islas han criticado duramente esta sentencia. Si no se considera descanso el tiempo pasado en el ferry, los descansos obligatorios de la conducción que marca el tacógrafo deberán hacerse en tierra y por tanto las mercancías deberán ser entregadas por un segundo conductor local o se deberá retrasar la entrega pagando días adicionales de sueldo y dietas. En cualquier caso, el resultado sería un importante aumento de los costes en todas las mercancías, que ya de por sí son altos en cualquier isla.

Para sentar jurisprudencia se necesita una segunda sentencia en el mismo sentido, por lo que aún no debe aplicarse de forma general, pero parece sólo una cuestión de tiempo que ocurra.

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