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El precio del retraso. Las paralizaciones

Las empresas suelen tratar al transporte como un mal necesario y un costo externo que debe reducirse. En consecuencia con esta filosofía, en los puntos de carga y descarga a menudo se menosprecia el trabajo que realizan los profesionales del transporte causando demoras innecesarias. Estas demoras causan graves perjuicios al transportista, ya que los camiones tienen la velocidad limitada por construcción y llevan tacógrafo. Este artilugio supervisa y almacena -entre otros muchos datos- las horas de trabajo (las de conducción pero también las de espera y las de descanso) que están rígidamente reguladas por ley y pueden acarrear sanciones muy graves. Retrasos relativamente pequeños pueden hacer que el transportista pierda un día de trabajo.

Para compensar estos inconvenientes, la Ley 15/2009 define las paralizaciones y su precio: a partir de una hora de retraso en la carga y/o descarga, es obligatorio pagar el doble del IPREM diario por hora hasta un máximo de 10 horas/día. Si la demora se alarga, este precio se incrementará un 25% el segundo día y un 50% el tercero y siguientes.

Como el IPREM actual es de 20 €uros/día (sigue vigente el precio de 2023 hasta que se aprueben los presupuestos de 2024), el cargador está obligado a pagar 40 €uros por hora, con un máximo de 400 €uros el primer día, 50 €uros/hora o 500 €uros/día el segundo y 60 €uros/hora o 600 €uros/día el tercero y siguientes.

Hemos de destacar que estas cantidades NO son negociables ni optativas. El cargador está obligada a pagarlas por ley y el transportista dispone de los registros del tacógrafo como prueba válida.

Hacer esperar al camión puede salir muy caro, así que debe procurar no pedirlo hasta que la mercancía, la documentación y el personal de carga estén a punto.

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